Reseña Historica


“TRABAJO Y UTOPIA”


Desde el 7º CONGRESO en adelante, la Comisión de Educación del PIT-CNT, entre sus tantos objetivos definidos en el marco del seguimiento y defensa de TODA la Educación Pública, se le ha incluido en forma específica: LA EDUCACIÓN MARITIMA.

En el mismo Plenario del 7º CONGRESO se aprobó el Proyecto  “Enseñanza Marítima”, del Centro de Maquinistas Navales y que contó con el apoyo de la Comisión de Educación. A partir de allí, la incorporación de los compañeros Maquinistas Navales a los trabajos propios de la Comisión, hicieron que no solo se fueran realizando las tareas necesarias para la difusión, discusión y modificaciones del proyecto original, así como se fue presentando en diferentes ámbitos del Parlamento Nacional,  el Ministerio de Educación y Cultura, ANEP, el Consejo de Educación Técnico Profesional (UTU) etc., sino que el aporte del Centro de Maquinistas Navales en el entorno de la propia Escuela Técnica Superior Marítima y su vinculación con los gremios del sector marítimo-pesquero o la misma JUNAE, ha sido significativo.

Pero lo que signó en el año 2002, la actuación conjunta del Centro de Maquinistas Navales y la Comisión de Educación, fue sin dudas toda la problemática que se ha creado alrededor de la reglamentación de la Ley Nº 16.345 de Marzo de 1993, “Convenio Internacional sobre Normas de Formación Titulación y Guardia de la Gente de Mar” (STCW-78/95) de la Organización Marítima Internacional.

Dicho Convenio establece a escala mundial, los estándares mínimos que deben cumplir los marinos mercantes, en todas sus categorías, pero por sobre todo  los Oficiales de Cubierta y Máquinas, para realizar guardias seguras,  respecto a los conocimientos profesionales, así como prevenir accidentes y la contaminación del medio marino. Así mismo dicho convenio determina los criterios mínimos que deben cumplir, no solo los marinos mercantes sino que establece los parámetros que rige a los Institutos o Centros de Formación y Adiestramiento de cada Estado miembro, para que los mismos se mantengan dentro de la calificación de OMI (Organización Marítima Internacional, dependiente de las Naciones Unidas).

En nuestro país, la Autoridad Marítima es la Dirección Registral y de Marina Mercante, dependiente de la Prefectura Nacional Naval, ésta a su vez del Comando General de la Armada, ergo: del Ministerio de Defensa Nacional.

La ley de referencia, votada por nuestro Parlamento ya casi 10 años, establece que las competencias de la misma se dividen en tres componentes del Poder Ejecutivo, a saber: el Ministerio de Relaciones del Exterior, por ser un Convenio Internacional, el Ministerio de Defensa Nacional, por ser la PNN la Autoridad Marítima y el Ministerio de Educación y Cultura por ser un Convenio que tiene que ver también con la formación o la educación de los marinos mercantes.

La ley nunca fue reglamentada como corresponde, ni uno no otro de los Ministerios correspondientes se preocupo por el hecho, y lamentablemente ante la pasividad de las autoridades del Ministerio de Educación o  de la ANEP, quien sí lo realizó fue el Ministerio de Defensa Nacional a través de la Dirección Registral y de Marina Mercante.

El proyecto de Reglamentación de la Ley Nº 16.345 fue presentado directamente de Ministro a Ministro y cuando estaba listo para la firma por el  anterior Ministro de Educación y Cultura la Comisión de Educación del PIT-CNT y el Centro de Maquinistas Navales accedieron al documento original y pudieron detener la firma de dicho Proyecto Reglamentario. De allí en más el Centro de Maquinistas Navales comunicó a todas las partes interesadas del acontecer marítimo (SUNTMA, SUDEPPU, UCOMAR) y Escuela Técnica Superior Marítima, la existencia del Proyecto de Decreto reglamentario de la Ley, al tiempo que presentó en el Ministerio de Educación, una propuesta alternativa a la que elaborara el Ministerio de Defensa Nacional.

Lo concreto es que se pudo detener la firma,  por parte del Ministerio de Educación y Cultura del proyecto, hacerlo conocer y denunciar la intensión de la Armada Nacional de adueñarse de la Formación de los marinos mercantes de nuestro país, desconociendo los cometidos que tiene la Escuela Técnica Superior Marítima (UTU).

De todo esto surgió un importante informe de la asesoría jurídica de ANEP, del Consejo de Educación  Técnico  Profesional, que luego de una solicitud de Vistas y estudiado el Proyecto del Ministerio de Defensa Nacional, le solicita al Sr. Ministro de Educación y Cultura, que no firme el referido Decreto Reglamentario ya que a su juicio es violatorio del Art. 202 de la Constitución y de las leyes Nº 13.833 (ley de Pesca 1969) y Nº 15.739 (ley de Educación 1985), o en caso contrario de no compartir los argumentos allí expresados, notifique a la ANEP para que en forma unilateral o conjunta se promueva la intervención del Tribunal de lo Contencioso Administrativo.

De todas estas actuaciones del Centro de Maquinistas Navales y de la Comisión de Educación de la Central en defensa de un tema profesional específico de los maquinistas navales y por ende laboral,  o el caso más genérico,  de la Defensa irrestricta de una parte importante y estratégica de nuestra Educación, como lo es la Educación Marítima, se había  conformado en el ámbito  del M.E. y C. una Comisión de trabajo: entre el propio Ministerio de Educación, diferentes Direcciones de la Armada Nacional, ANEP-UTU,  el Centro de Maquinistas Navales y otros gremios de la actividad marítimo-pesquera, intentando llegar a una redacción del Proyecto de Decreto Reglamentario que conforme a todas las partes involucradas.

Lo insólito, contradictorios y de difícil comprensión para muchos ciudadanos, trabajadores, autoridades de la Enseñanza, ¿cómo una parte fundamental del Ministerio de Defensa Nacional: la Armada, que a través de diferentes Direcciones, entre ellas la Dirección Registral y Marina Mercante o el (DIPER) Dirección de Personal Naval de quien depende la Escuela Naval, determinan y reglamentan las condiciones de la Educación Marítima, de los trabajadores civiles, marinos mercantes, que nada tiene que ver con la vida militar?, así como somos objeto de reglamentaciones laborales que siempre significan perdidas de puestos de trabajo, competencia desleal  frente a los marinos militares que se pasan a la Marina Mercante con todas las posibilidades que les ofrecen las reglamentaciones dictadas por un organismo militar e ingresan al mercado laboral  con títulos  a nivel de Gestión (Primeros Oficiales de Maquinas o Jefes de Máquinas) con su jubilación o retiro, contra un Oficial de Maquinas desembarcado que no tiene otro medio de vida que su profesión de Maquinista Naval.

Contra todas estas injusticias y arbitrariedades, es que la Secretaría de Educación y el Centro de Maquinistas Navales y otros gremios marítimos, estaban dando la batalla en el Ministerio de Educación y Cultura y otras veces, casi a diario dentro de la Prefectura Nacional  Naval, o a escala parlamentaria, tratando de hacer conocer esta problemática y por sobre todas las cosas en defensa de nuestra Educación Marítima dentro de las estructuras Publicas de la Educación Nacional civil del País.

Y bien decíamos “estábamos dando la batalla o se “había conformado una comisión en el M. E. y C.  pues sin decir – agua va-  el 24 de Enero del 2003, cuando estábamos convocados para la próxima reunión de trabajo, sale publicado en el Diario Oficial, el Decreto 19/003 que con fecha 17 de Enero el Presidente Batlle y sus ministros ( Educación y Cultura, Defensa Nacional y RR.  Exterior) daban por cerrada todo tipo de negociación, aprobando el texto tal cual fuera redactado por la Armada Nacional, desconociendo las consideraciones de todos los involucrados y de la propia ANEP-UTU.

Esta burda trapisonda del Poder Ejecutivo, fue rápidamente cuestionada por todos los gremios marítimos: Recurso de Revocación y Acción de Amparo incluso por las propias autoridades de la Educación Técnico Profesional. A la fecha (abril de 2003) luego de casi dos meses de negociaciones entre ANEP-UTU y la Armada se estaría a punto de acordar un nuevo texto, para un Decreto que derogaría al anterior e incluiría muchas mejoras, estrictamente desde el punto de vista de Educación pero donde las instituciones profesionales de trabajadores que son los interesados y destinatarios de la Ley que se quiere reglamentar no hemos estado representados y ni tenidos en cuenta en absoluto.

Si bien es cierto que hemos tenido comunicaciones permanentes con las autoridades del Consejo Técnico Profesional y con sus asesores jurídicos, no menos cierto es que los intereses directos de los marinos mercantes solo nosotros podremos defenderlos.

Es así que una nueva etapa de discusión y lucha se nos plantea, inmersos además como el resto de los trabajadores del país en la coyuntura económica y social más adversa que hemos conocido en los últimos 50 años, con los índices más altos de desocupación, hambre, degradación de la salud, vivienda, desnutrición infantil que alcanza a los más vastos sectores de nuestra sociedad.

Solo la unión de todos los Marinos Mercantes de todas las categorías y ramas de actividad podrán tener alguna posibilidad de revertir esta situación creada por el Poder Ejecutivo y su brazo ejecutor el Comando General de la Armada.

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